Entendemos por obligaciones fiscales de una empresa todos los pagos de impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social que una empresa debe realizar antes, durante y después del ejercicio de su actividad. En función del tipo de empresa que se desee formar, las obligaciones fiscales a las que se enfrentará serán distintas en cada caso. En la publicación de hoy, hacemos un repaso por las diferentes tipologías de empresa y sus diferentes obligaciones.
Obligaciones fiscales de los autónomos
En el caso de las personas que decidan trabajar por cuenta propia, es decir, los autónomos, la primera obligación fiscal a la que deben hacer frente es darse de alta en Hacienda a través de la declaración censal, donde se indican, entre otros datos, las actividades que se van a realizar, así como darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Además, una vez iniciada la actividad, se produce el pago trimestral de los impuestos del IVA y el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Finalmente, los autónomos están obligados a presentar una serie de declaraciones: la declaración anual de la renta, la declaración del IVA, la declaración del IRPF, la declaración de retenciones e ingresos a cuenta, las declaraciones resumen anuales y la declaración anual de operaciones con terceros.
Asociaciones sin Ánimo de Lucro
En el caso de las obligaciones fiscales de las Asociaciones sin Ánimo de Lucro existen algunas diferencias entre las que están declaradas como entidades de utilidad pública (que cuentan con una serie de beneficios fiscales) frente a las que no.
Todas ellas deberán hacer la declaración trimestral y anual del IVA en el caso de que realicen algún tipo de actividad económica. Además, están obligadas a pagar el Impuesto de Sociedades, que será del 25% para las que no estén declaradas como utilidad pública frente al 10% de las que sí lo estén. Al margen de las exenciones, están obligadas a declarar la renta, las donaciones y las operaciones con terceros, ya sean clientes o proveedores.
Obligaciones tributarias de las empresas
Dejando a un lado las obligaciones fiscales de autónomos y asociaciones sin ánimo de lucro, cualquier empresa antes de comenzar su actividad tiene que darse de alta en Hacienda y en el Impuesto de Actividades Económicas.
Una vez las empresas inician su actividad económica deberán declarar el IVA trimestralmente a través del Modelo 303 y anualmente presentando el Modelo 390. Anualmente, las empresas tienen la posibilidad de deducirse en la declaración el IVA permitido, es decir, el que pagan a los proveedores.
El Impuesto de Sociedades gravará los beneficios obtenidos por las empresas mercantiles, presentándose también de forma trimestral y anual; así como establecer retenciones del IRPF en el caso de contar con trabajadores a su cargo o contratar los servicios de terceros.
Asimismo, las empresas que tengan una cifra de negocio superior a 1.000.000 de euros anuales, a partir de su tercer año de vida deberán declarar el Impuesto de Actividades Económicas el 1 de enero de cada año. Aquellas entidades que no lleguen a esta cifra están exentas de pago.
Finalmente, las empresas deberán hacer frente a las declaraciones de operaciones con terceros y declaraciones de operaciones intracomunitarias (en el caso de realizarse una entrega o compra intracomunitaria entre territorios integrantes de la Unión Europea).
Obligaciones fiscales de la Comunidad de Bienes
En el caso de las obligaciones fiscales de las comunidades de bienes (aquellas que permiten que los autónomos trabajen de manera conjunta) existen algunas particularidades. La Comunidad de Bienes está exenta de pagar el Impuesto de Sociedades, es decir, no tributa por los beneficios obtenidos. Sin embargo, se verán obligadas a retener el IRPF que se practique a los proveedores, a realizar la declaración informativa para entidades en régimen de atribución de rentas, la declaración informativa de retenciones e ingresos a cuenta y a declarar el IVA trimestral y anualmente bajo los modelos 303 y 390 respectivamente.
Conclusión
Una vez conocidas las principales obligaciones fiscales en función de los tipos principales de empresas, es tu turno de valorar las ventajas y los inconvenientes de cada una de ellas en función de cuáles sean tus objetivos a largo plazo. Para ello, puedes ponerte en contacto con el departamento de Asesoramiento Financiero para Empresas del Equipo de Driven Capital, que estará a tu completa disposición para resolver cualquier duda fiscal y tributaria que te haya podido surgir además de ofrecerte sus servicios de consultoría para que las obligaciones fiscales de tu negocio estén en manos de los auténticos profesionales.